UCR VICENTE LOPEZ
¿Quieres reaccionar a este mensaje? Regístrate en el foro con unos pocos clics o inicia sesión para continuar.

UCR VICENTE LOPEZ

1er Candidato a Concejal UCR en Acuerdo Civico y Social
 
ÍndiceÍndice  PortalPortal  GaleríaGalería  Últimas imágenesÚltimas imágenes  BuscarBuscar  RegistrarseRegistrarse  ConectarseConectarse  
Buscar
 
 

Resultados por:
 
Rechercher Búsqueda avanzada
Últimos temas
Navegación
 Portal
 Índice
 Miembros
 Perfil
 FAQ
 Buscar
 
La Hora
RelojesWeb para Pisos!
VISITANTES
Contadores Web
PAGINAS DE INTERÉS












Acuerdo Cívico y Social - Declaraciones de Morales, Carrió y Giustiniani
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptyJue 11 Jun 2009 - 10:47 por Pablo
Acuerdo Cívico y Social - Declaraciones de Morales, Carrió y Giustiniani

Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Oblea23



LOS PUEBLOS QUE SOPORTAN LA MENTIRA SIN RESISTIR TERMINAN DESTRUIDOS

Los líderes del Acuerdo Cívico y Social, Rubén Giustiniani, Gerardo Morales y Elisa Carrió en su visita a la provincia de Santa Fe expresaron "Muchos años nos compramos la mentira de un partido que sólo …[/img(270px,181px):6a23]

[ Lectura completa ]
Comentarios: 1
El "Japonés" García más Kirchnerista que nunca
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptyMiér 10 Jun 2009 - 12:50 por Pablo

Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Japonesk

ENRIQUE GARCIA AFIRMO QUE "ESTE GOBIERNO CAMBIO AL PAIS"
Política | 21:59:00
Buenos Aires, 9 de junio (Télam).- El intendente bonaerense de Vicente López, Enrique García, aseguró hoy que "cuando parecía mejor irse que quedarse, apareció un gobierno popular que cambió al …


[ Lectura completa ]
Comentarios: 0
Carrió, Alfonsín, Stolbizer, Prat-Gay, De Benedetti, EN VICENTE LOPEZ
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptyMar 9 Jun 2009 - 11:13 por Pablo
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Baner

El Acuerdo Cívico y Social, tiene el agrado de invitar a los vecinos de Vicente López a conversar con nuestros candidatos. Contaremos con la presencia de Elisa Carrió, Ricardo Alfonsín, Margarita Stolbizer, Alfonso Prat-Gay, Gustavo De Benedetti.
Dicho encuentro tendrá lugar el día Jueves 11, a las 18,30 en la Cámara Empresaria de Vicente López, Avenida …

[ Lectura completa ]
Comentarios: 0
Stolbizer : El 70% del país votará en contra del oficialismo
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptyLun 8 Jun 2009 - 16:31 por Pablo
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Trencitok


Fuente: Diario La Prensa/Política
La candidata por el Acuerdo Cívico pronostica que ganarán en 5 ó 6 secciones electorales bonaerenses
Stolbizer cree que el 70% del país votará en contra del oficialismo

Respecto del vicepresidente Julio Cobos, dijo tener "una excelente relación" y comentó que "está comprometido con ayudarnos y …

[ Lectura completa ]
Comentarios: 0
UCR - Alfonsín: El futuro después del 28 de junio de 2009
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptyLun 8 Jun 2009 - 13:16 por Pablo
[b]UCR - Alfonsín: El futuro después del 28 de junio de 2009

[/b]Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Comitevtelopez
Elecciones 2009


“Tenemos que generar condiciones económicas para que exista la demanda de empleo.”

“Vamos a tratar de garantizar a las familias el ingreso universal para la niñez.”
[b]“Vamos a terminar con las retenciones al …
[/img(320px,240px):9139]

[ Lectura completa ]
Comentarios: 0
Para afiliados a la UCR y vecinos de Vicente López
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptyDom 7 Jun 2009 - 20:17 por Pablo
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Fiscalesucr
Para afiliados a la UCR y vecinos de Vicente López

Reunión y charla informativa para afiliados de la UCR y vecinos de Vicente López que deseen ser fiscales partidarios en la elecciones legislativas 2009 en el distrito de Vicente López.

Se realizarán dos charlas informativas y explicativas sobre las funciones que los fiscales partidarios deberán cumplir …

[ Lectura completa ]
Comentarios: 0
"De Narváez es el nuevo menemismo"
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptyDom 7 Jun 2009 - 0:08 por Pablo
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Alfonsin7dias
Ricardo Alfonsín: "De Narváez es el nuevo menemismo"
Foto: 7 Días
05-06-2009 / Pide debatir ideas y asegura que va a derrotar al candidato de Unión Pro en la provincia de Buenos Aires, a quien acusa de “no representar a los sectores populares”. Dice que hay un resurgimiento del radicalismo y recuerda a su padre, a dos meses de su muerte: …

[ Lectura completa ]
Comentarios: 0
A los "dos PJ" lo único que les interesa es mantener a los pobres en la pobreza
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptySáb 6 Jun 2009 - 23:05 por Pablo
A los dos PJ, lo único que les interesa es mantener a los pobres en la pobreza

Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Margarita-stolbizer-290

Margarita Stolbizer.
"Hay que vencer al PJ, que lo único que les interesa es mantener a los pobres en la pobreza para manejarles el voto y mantenerse en el poder", afirmó Margarita …[/img(290px,101px):c084]

[ Lectura completa ]
Comentarios: 0
UCR - LISTA 510 COALICION CIVICA Y SOCIAL - VICENTE LOPEZ
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptyVie 5 Jun 2009 - 21:18 por Pablo
Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Juntaelectoral LISTA 510
Lista Oficializada
PARTIDO POLITICO: ACUERDO CIVICO Y SOCIAL

CARGO: CONCEJAL TITULAR
Orden
Apellido y Nombres
1 - De Benedetti, Raul Gustavo A.
2 - Gonzalez Cristina
3 - Cuntari Julio Nestor
4 - Caputo Paola Marthe Marie
5 - Pedreira Jorgelina Giselle
6 - Dodds Etelia Ines
7 - Denti Miguel Angel
8 - …

[ Lectura completa ]
Comentarios: 0
Sondeo

 

 Elecciones 2009 -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO

Ir abajo 
AutorMensaje
Pablo
Admin
Pablo


Cantidad de envíos : 41
Fecha de inscripción : 03/04/2009
Edad : 61
Localización : Vicente López

Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Empty
MensajeTema: Elecciones 2009 -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO   Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO EmptySáb 30 Mayo 2009 - 12:52

DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO - UCR -VICENTE LOPEZ - LISTA 510 - ACUERDO CIVICO Y SOCIAL


Elecciones 2009  -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO Cabecera
ELECCIONES LEGISLATIVAS 2009
CONSULTE SU LUGAR DE VOTACION



Consulta de Padrón definitivo Nacional y lugares de votación
Consulta de Padrón definitivo de Extranjeros y lugares de votación

Nuestra recomendación es que imprima los datos que se proveen porque cuanto más cerca se esté de la fecha (28 de Junio de 2009) más difícil podrá ser acceder al sitio, por el tráfico de consultas.
Proceso Electoral - Preguntas Frecuentes
1. ¿Quiénes están obligados a votar?
Todos los ciudadanos de ambos sexos nativos, por opción y naturalizados, desde los dieciocho años de edad cumplidos hasta el mismo día del comicio. Dichos ciudadanos serán incluidos en el padrón electoral.Son ciudadanos argentinos por opción los hijos/as de ciudadano argentino nacido en territorio extranjero que optaron por la ciudadanía argentina.

2. ¿Pueden votar los extranjeros?
Para los extranjeros residentes, el voto no es obligatorio. Podrán votar en el orden provincial y municipal, si la legislación provincial electoral lo permite.Para esto, deberán inscribirse en el padrón de extranjeros en el municipio al cual pertenecen, acreditando los años de residencia exigidos por la provincia donde resida el extranjero en cuestión.Los extranjeros residentes no pueden votar en elecciones nacionales.

3. ¿Puedo seguir votando si me mudo al exterior?
Los residentes permanentes en el exterior no tienen la obligación de emitir su voto, pero si lo desean, deben inscribirse y sufragar en los consulados argentinos del país donde residan. Quienes se encuentren transitoriamente fuera del país sí están obligados a votar, y deberán presentarse en el consulado nacional más próximo el día de las elecciones para que se les extienda el certificado correspondiente. Cuando regresen a la Argentina, tienen que dirigirse lo antes posible a la Secretaría Electoral de sus respectivos distritos para justificar la inasistencia a los comicios.

4. ¿Quiénes son los ciudadanos excluidos del padrón electoral?
Los dementes declarados tales en juicio y aquellos que, aun cuando no lo hubieran sido, se encuentren recluidos en establecimientos públicos;Los sordomudos que no sepan hacerse entender por escrito;Los condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad, y, por sentencia ejecutoriada, por el término de la condena;Los condenados por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos, por el término de tres años; en el caso de reincidencia, por seis;Los sancionados por la infracción de deserción calificada, por el doble término de la duración de la sanción;Los declarados rebeldes en causa penal, hasta que cese la rebeldía o se opere la prescripción:Los inhabilitados según disposiciones de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos;Los que en virtud de otras prescripciones legales y reglamentarias quedaren inhabilitados para el ejercicio de los derechos políticos.

5. ¿Quiénes están exentos de la obligación de votar?
Quedan exentos de esa obligación:
Los mayores de setenta años;Los jueces y sus auxiliares que deban asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas mientras dure el acto comicial:Los que el día de la elección se encuentren a más de quinientos kilómetros del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. Tales ciudadanos se presentarán el día de la elección a la autoridad policial más próxima, la que deberá extender una certificación escrita que acredite esta situación;Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto. Estas causales deberán ser justificadas en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional; en su defecto por médicos oficiales, provinciales o municipales, y en ausencia de éstos por médicos particulares. Los profesionales oficiales de referencia estarán obligados a responder, el día del comicio, al requerimiento del elector enfermo o imposibilitado, debiendo concurrir a su domicilio para verificar esas, circunstancias y hacerle entrega del certificado correspondiente:El personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo. En ese caso el empleador o su representante legal comunicarán al Ministerio del Interior la nómina respectiva con diez días de anticipación a la fecha de la elección, expidiendo, por separado, la pertinente certificación.

6. ¿Cuáles son las sanciones por no asistir a votar?
Si el elector no se encuentra dentro de los supuestos enumerados en el punto anterior, o en caso de encontrarse en uno de ellos, no lo prueban suficientemente ante cualquier juez electoral de su distrito dentro de los sesenta (60) días de la respectiva elección, se le impondrá multa de cincuenta ($a 50) a quinientos ($a 500) pesos argentinos. A su vez, el infractor no podrá ser designado para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres (3) años a partir de la elección. Una vez que la multa fuese impuesta, el infractor que no abone la multa no podrá realizar gestiones o trámites durante un año ante los organismos estatales nacionales, provinciales o municipales.

7. ¿Qué deben hacer las personas que no puedan acudir a sufragar por enfermedad?
Ver la respuesta a la pregunta frecuente Nº 5.

8. ¿Quiénes son las autoridades en una elección?
El presidente de mesa es la máxima autoridad de la mesa electoral que encabeza. Es quien asiste en la apertura y cierre del acto electoral, velando por el normal desarrollo del comicio. Para cumplir con dichas funciones, las fuerzas de seguridad se encuentran a su disposición. El presidente de mesa tiene a su vez la misión de verificar la identidad y los poderes de los fiscales de los partidos políticos que asistan al acto electoral.Además del presidente de mesa, se designa un suplente por cada mesa electoral, quienes tienen el deber de auxiliar al presidente y reemplazarlo de acuerdo con lo establecido en el Código Electoral.

9. ¿Quién elige y designa a los presidentes de mesa?
La Junta Electoral del distrito donde se lleve a cabo la elección es la encargada de designar a los presidentes de mesa y sus suplentes. Dicho nombramiento deberá ser efectuado con una antelación no menor a veinte días del acto comicial. Los que resulten designados pueden excusarse dentro de los tres días de notificados, pudiendo alegarse únicamente razones de enfermedad o de fuerza mayor debidamente justificadas. En caso de enfermedad, tendrán únicamente validez los certificados extendidos por médicos de la sanidad nacional, provincial o municipal, en ese orden. También son causales de excepción el desempeñar funciones de organización y/o dirección de un partido político y/o ser candidato.En caso de tratarse de la elección de Presidente y Vicepresidente de la Nación, las autoridades de mesa designadas para la primera vuelta cumplirán también esa función en caso de llevarse a cabo la segunda vuelta.

10. ¿Quiénes pueden ser presidentes de mesa?
Los presidentes de mesa deberán reunir las siguientes calidades: ser elector hábil, residir en la sección electoral donde deba desempeñarse y saber leer y escribir.

11. Los presidentes de mesa, ¿reciben dinero en concepto de viáticos?
El Código Electoral Nacional prevé una compensación económica para los ciudadanos que hayan cumplido funciones como autoridades de mesa. Si se trata de funcionarios y empleados públicos nacionales, se otorgará un franco compensatorio; aquellos que no tengan la calidad de funcionario o empleado público, recibirán una suma fija en concepto de viático.Dicha suma es estipulada para cada elección por el Ministerio del Interior, con una antelación de sesenta días respecto de la fecha fijada para el comicio. A su vez, el Poder Ejecutivo reglamentará las condiciones, el plazo y la forma en que se harán efectivas éstas compensaciones.

12. ¿Qué hago si en el cuarto oscuro faltan boletas?
Si en el cuarto oscuro faltan boletas, el elector deberá avisar al presidente de mesa, diciendo solamente "faltan boletas", sin mencionar el partido, ni hacer comentarios políticos.

13. ¿Que clases de votos hay?
Hay tres categorías de voto: los válidos, los nulos y las categorías transitorias.Son votos válidos los blancos (ver pregunta 17) y los afirmativos (votos emitidos por algún candidato que no presentan ninguna causal de nulidad). Los votos nulos son descriptos en la pregunta 15.Los votos impugnados y recurridos son dos clases transitorias: una vez realizado el escrutinio definitivo, estos votos serán volcados dentro de una de las tres clases definitivas: positivos, blancos o nulos.

14. ¿Qué es un voto impugnado?
La impugnación se realiza en el momento previo a emitirse el sufragio. Tiene lugar por razones de dudas del presidente de mesa o los fiscales partidarios sobre la identidad del elector. La impugnación del voto da lugar a un procedimiento especial de voto, siendo éste colocado en un sobre especial, que además debe contener un formulario donde conste el nombre, apellido, número y clase de documento cívico y año de nacimiento del ciudadano cuyo voto ha sido impugnado, junto con su impresión dígito pulgar. El voto impugnado es de carácter transitorio. En el momento de realizarse el escrutinio definitivo en la Junta Electoral Nacional, el Juez Electoral, después de cotejar la impresión digital y demás datos con los existentes en la ficha del elector cuyo voto ha sido impugnado, deberá informar acerca de la identidad del votante. Si ésta no resulta probada, el voto no será tenido en cuenta en el cómputo; si resultare probada, el voto será computado, y clasificado como válido, nulo o blanco.

15. ¿Qué es un voto nulo?
Es aquel voto que presenta determinadas circunstancias a las que el Código Electoral Nacional asigna tal consecuencia. Tales circunstancias son:a) que el voto haya sido emitido mediante una boleta no oficializada, o con papel de cualquier color con inscripciones o imágenes de cualquier naturaleza. No se considera boleta oficializada a la que corresponda a una elección anterior, o a otro distrito electoral.b) que el voto haya sido emitido mediante boleta oficializada que contenga inscripciones y/o leyendas de cualquier tipo. Si la boleta oficializada incluida en el sobre contiene inscripciones en la parte superior de la boleta (que es donde aparece el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir), el voto es nulo, cualquiera sea la inscripción. Si la boleta oficializada contiene inscripciones fuera de la parte superior, las únicas inscripciones que mantienen el voto como válido son los agregados y tachas de candidatos. Las demás inscripciones conducen a clasificar el voto como nulo.c) que se hayan colocado dentro del sobre dos o más boletas de distinto partido para la misma categoría de candidatos.d) que el sobre contenga una boleta oficializada que por destrucción parcial, defecto o tachaduras, no contenga, por lo menos sin rotura o tachadura, el nombre del partido y la categoría de candidatos a elegir (por ejemplo, “elección de senadores nacionales”).e) Cuando en el sobre juntamente con la boleta electoral se hayan incluido objetos extraños a ella. Objeto extraño es cualquier cosa distinta de las expresamente previstas por el Código Nacional Electoral para que un voto encuadre dentro de la categoría nulo o blanco. En esta categoría entran los votos emitidos en un sobre que contiene la foto de Clemente, San Martín, envoltorios de galletitas, etc.

16. ¿Qué es un voto recurrido?
En el momento del escrutinio provisorio (es decir, el realizado por el presidente de mesa con la supervisión de los fiscales el mismo día de la elección), los fiscales presentes en la mesa pueden cuestionar la validez o nulidad del voto, debiendo fundar su pedido con expresión concreta de las causas, que quedarán asentadas en un volante especial que se adjunta al sobre respectivo. Ese voto se anotará en el acta de cierre de comicio como "voto recurrido", es decir, no se computa. El voto recurrido será analizado y clasificado en el escrutinio definitivo, momento en el que será volcado en otras clases de votos. Por eso el voto recurrido es también una situación de carácter transitorio.

17. ¿Qué es un voto blanco?
Es aquel voto en el que se cumple alguna de estas dos condiciones: que el sobre esté vacío, o que el sobre contenga un papel (de cualquier color) sin ningún texto ni imagen u objeto extraño a la votación (ver voto nulo).

18. ¿Qué es un distrito electoral?
Para elecciones nacionales, se considera distrito electoral a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. En el caso de las elecciones presidenciales, todo el territorio de la República es considerado un distrito único.

19. ¿Qué es una sección electoral?
Una sección electoral es una porción territorial de un distrito electoral.

20. ¿Qué es un circuito electoral?
Un circuito electoral está compuesto por una serie de mesas electorales que se encuentran dentro de una sección electoral.

21. ¿Puedo presentarme voluntariamente para oficiar como autoridad de mesa?
Sí. Para ello, deberá ponerse en contacto con la Secretaría Electoral de su provincia manifestando su voluntad de participar. Los teléfonos y la dirección se encuentran publicados en el siguiente link, haciendo click en el distrito donde se encuentra domiciliado: » juzgados
HAGA CLICK AQUÍ PARA COMENZAR LA CONSULTA



Volver arriba Ir abajo
https://ucrvicentelopez.activo.mx
 
Elecciones 2009 -DONDE VOTA EL 28 DE JUNIO
Volver arriba 
Página 1 de 1.
 Temas similares
-
» Elecciones 2009 - De Benedetti: " García NO ES RADICAL"
» UCR - Alfonsín: El futuro después del 28 de junio de 2009

Permisos de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
UCR VICENTE LOPEZ :: ACTUALIDAD NACIONAL-
Cambiar a: